Eficiencia

Teniendo en cuenta que habitualmente los requerimientos de los clientes son formulados a través de correo electrónico, es responsabilidad de cada Socio, así como de cada abogado de la Firma, revisar sus mensajes de correo electrónico diariamente, de manera tal que ningún mensaje de   correo   electrónico   llegue a tener   más de veinticuatro   horas calendario sin haber sido leído y sin haberse definido su curso de atención. Una vez leído el correo electrónico del cliente, o del socio del área a la cual el cliente formuló un requerimiento, se debe acusar recibo y anunciar al cliente el curso que tomará la misma y el tiempo en que recibirá la respuesta. Desde el momento mismo en que el cliente hace el requerimiento, comienza el tiempo de respuesta, existiendo básicamente tres (3) posibilidades: (i) Respuesta Ordinaria: Corresponde a la mayor parte de las consultas de los clientes, una vez conocen los tiempos que ofrece la Firma, y debe ser formulada dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su recibo por  parte de la misma; (ii)  Respuesta Urgente: Cuando las necesidades del cliente así lo demandan, la Firma tiene que contar con la posibilidad de ofrecer tiempos de respuesta  menores a los de la Respuesta Ordinaria, los cuales deben ser convenidos con el cliente; y, (iii) Respuesta Extraordinaria : Corresponde a aquellas respuestas que no dependen de la intención o interés del cliente y/o su abogado, sino de la naturaleza misma del negocio, como ocurre con la ejecución de un trámite societario, la atención de un requerimiento, la presentación de una demanda, interposición de un recurso, etc.